Solicitar el certificado de discapacidad en la Comunidad Valenciana:
Plazo de presentación:
- Todo el año.
Dónde:
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En oficinas de correos.
- Y preferentemente en:
CENTRO DE EVALUACIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL – ALICANTE
C/ VICENTE CHÁVARRI, 52
03007 Alacant/Alicante
Tel: 965938789
CENTRO DE EVALUACIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL – CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 81
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 964726200
CENTRO DE EVALUACIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL – VALENCIA
C/ SAN JOSÉ DE CALASANZ, 30
46008 València
Tel: 963989550
CENTRO DE EVALUACIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL, VELLUTERS – VALENCIA
C/ AROLAS, 1
46001 València
Tel: 963868810
Documentación:
- Impreso de solicitud, con indicación del DNI:
- Documento nacional de identidad del interesado y, en su caso, de su representante legal o guardador de hecho. En el supuesto de que alguno de ellos sea extranjero, deberá aportarse documentación acreditativa de su identidad.
- Certificado o volante de empadronamiento del solicitante.
- Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos actualizados que posea y donde consten las secuelas tras la aplicación de medidas terapéuticas.
- En caso de revisión por agravamiento: fotocopia de los informes que acrediten dicho agravamiento.
Importante: junto con las fotocopias, deben aportar los documentos originales para su comprobación.
No será necesario la presentación de aquellos documentos que deben acompañar a la solicitud cuando ya obren en poder del centro de valoración y orientación de discapacitados.
Órgano competente:
- Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Plazo máximo de resolución:
- 6 meses.